Política antilavado de dinero
INTRODUCCIÓN
Esta Política de Antilavado de Dinero (en adelante, la "Política") tiene como finalidad regular las actividades de WhiteBox B.V. frente al lavado de dinero, la financiación del terrorismo o cualquier otra actividad ilegal o fraudulenta. Esta Política detalla los procedimientos, obligaciones y estándares aplicados por la Empresa de acuerdo con la legislación vigente de antilavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.
Al acceder o hacer uso de vulkanvegas.com (en adelante, el "Sitio web"), los usuarios (en adelante, los "Usuarios") reconocen y aceptan los términos de la presente Política, incluidos sus posibles cambios. La Empresa se reserva el derecho de modificar esta Política en cualquier momento, ya sea por actualizaciones regulatorias, evaluaciones internas de riesgo o mejoras en sus procesos operativos. Los usuarios serán notificados de cualquier modificación sustancial, y el hecho de seguir utilizando el Sitio web tras esta notificación implicará su aceptación de los términos actualizados.
1. Implementación de esta Política
La Empresa mantiene un marco estructurado de Antilavado de Dinero y la Financiación del Terrorismo (PLD/FT), que incluye, pero que no se limita a, los siguientes elementos:
· Verificación de clientes: La Empresa realiza procedimientos de verificación de identidad (Diligencia Debida del Cliente) que conciernen a todos los Usuarios, conforme a lo establecido por las regulaciones de PLD de Curazao y los umbrales de riesgo internos.
· Enfoque basado en riesgos: Los Usuarios son evaluados mediante una metodología basada en riesgos, de acuerdo con las directrices del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y otros estándares regulatorios. Esto abarca la evaluación de factores de riesgo geográficos, conductuales, transaccionales y específicos de cada cliente.
· Supervisión continua: Todas las transacciones realizadas en el Sitio web están sujetas a un monitoreo continuo. La Empresa implementa reglas internas diseñadas para identificar conductas sospechosas y detectar posibles señales de lavado de dinero o financiación del terrorismo.
· Capacitación del Personal: El personal que interactúa con los clientes, procesa transacciones y desempeña funciones de cumplimiento recibe capacitación periódica sobre PLD/FT. Esto garantiza que se mantengan actualizados respecto a los cambios regulatorios y a los procedimientos internos para la detección y el reporte de actividades sospechosas.
2. Categorías de riesgo
La Empresa utiliza el enfoque basado en las categorías de riesgo, establecidas por el GAFI, para determinar si alguno de los Usuarios puede estar implicado, o no, en un esquema de lavado de dinero.
Estas categorías de riesgo son las siguientes:
2.1 Riesgo País/Geográfico
Cuando un Usuario registra una cuenta en el Sitio web, su lugar de residencia/domicilio (en adelante, la "Jurisdicción") debe considerarse de forma prioritaria. En primer lugar, la Empresa comprueba si la jurisdicción figura en la lista de la Comisión Europea de "países de alto riesgo con deficiencias estratégicas" (véase "Orígenes"). A continuación, la Empresa comprueba si la jurisdicción figura o no en la lista de "jurisdicciones de alto riesgo y otras jurisdicciones vigiladas", elaborada por el GAFI. Además, la Empresa lleva a cabo su propia supervisión de las jurisdicciones basándose en los siguientes parámetros:
· Contexto legal.
· Contexto político.
· Estructura económica del país.
· Factores culturales y naturaleza de la sociedad civil.
· Orígenes, ubicación y concentración de actividades ilícitas (si la hubiera).
2.2 Riesgo de usuario
La Empresa comprueba la actividad de cada Usuario en el Sitio web en cuanto a la ausencia o presencia de uno o más factores que puedan proporcionar motivos para situar a este Usuario en la categoría de "alto riesgo". Estos factores son:
a) gasto excesivamente alto (para este mercado);
b) actividad sospechosa del Usuario (actividad inusual, uso de varios dispositivos para acceder a la Empresa en un corto período de tiempo, uso de una misma dirección IP por parte de varios Usuarios, uso del dispositivo del Usuario por parte de otros Usuarios del Sitio web);
c) si el usuario en cuestión es una Persona Expuesta Políticamente (PEP) en el sentido de la Directiva 2015/849 de la Unión Europea y del Consejo;
d) inclusión en listas internacionales de sanciones, incluidas las elaboradas por la ONU, la UE, la OFAC o el HMT;
2.3 Riesgo de transacción
La Empresa toma medidas para eliminar cualquier riesgo de transacción identificado por el GAFI:
a) La Empresa no acepta transacciones de instrumentos de pago anónimos;
b) La Empresa no permite transferencias de fondos entre cuentas de Usuarios;
c) La Empresa no acepta efectivo de los usuarios;
d) La Empresa solo puede aceptar billeteras digitales de jurisdicciones con buena reputación;
e) La Empresa no permite tener cuentas adicionales y no acepta depósitos de instrumentos de pago que no sean propiedad del Usuario.
2.4 Riesgo de producto
La Empresa evalúa los productos ofrecidos para detectar características que puedan ser explotadas para el lavado de dinero o la financiación del terrorismo. Se aplican controles adicionales a productos considerados de alto riesgo, como los que permitan transacciones grandes, rápidas o anónimas, así como los que puedan ser objeto de manipulación.
3. Verificación y Conoce a tu cliente (KYC)
La Empresa se adhiere a los principios de Conoce a tu cliente (KYC) y Diligencia Debida del Cliente (DDC) de acuerdo con las leyes, regulaciones y estándares internacionales aplicables en materia de PLD/FT.
Todos los Usuarios deben someterse a la verificación KYC, que implica la recopilación y verificación de la información de identidad y los documentos de soporte para confirmar su identidad y la legitimidad del origen de los fondos.
3.1 Elegibilidad
Para registrarse y utilizar el Sitio web, una persona debe tener al menos dieciocho (18) años de edad. Se utilizan medidas de verificación para confirmar la edad del Usuario durante el proceso de registro.
Si, durante el proceso de verificación, se detecta que alguna información o documento presentado es falso, falsificado o engañoso, la Empresa se reserva el derecho de rechazar el registro o cancelar la cuenta existente.
3.2 Requisitos de Verificación
La Empresa podrá iniciar el proceso de verificación de identidad en los siguientes casos:
a) Cuando el volumen total de transacciones del Usuario alcanza o supera un umbral regulatorio o de riesgo;
b) Cuando las evaluaciones internas determinen que el Usuario representa un riesgo elevado (conforme a lo descrito en la Sección 2, "Categorías de Riesgo");
c) Cuando se detectan comportamientos sospechosos, como inconsistencias en la actividad de la cuenta, señales de alerta técnicas o de comportamiento, o indicios de posible fraude;
d) En otros casos donde se requiera Diligencia Debida Reforzada (DDR) según las obligaciones regulatorias o a discreción de la Empresa.
Como parte del proceso de DDC, la Empresa también recopila información para determinar el propósito y la naturaleza prevista de la relación comercial, incluidos el origen general de los fondos del Usuario, el comportamiento transaccional previsto y el uso de los servicios.
3.3 Documentación
Para completar la verificación, el Usuario deberá presentar los siguientes documentos:
· Documento de identidad oficial y vigente emitido por el Estado (por ejemplo, pasaporte o DNI);
· Prueba de titularidad del método de pago, como una foto de una tarjeta bancaria con los dígitos permitidos visibles (el nombre no debe estar oculto);
· Comprobante de domicilio con una antigüedad no mayor a 3 meses;
· Selfi o certificado de supervivencia, cuando corresponda;
· Documentos que respalden el origen de los fondos o la situación laboral, si se solicitan;
· Cualquier otro documento requerido con fines regulatorios o de gestión de riesgos.
En ciertos casos, podría requerirse una entrevista por video para completar el proceso de verificación de identidad.
3.4 Diligencia Debida Reforzada (DDR)
La Diligencia Debida Reforzada (DDR) se aplica cuando se identifica un nivel de riesgo más alto. La DDR se aplica en las siguientes situaciones:
· El Usuario es identificado como una Persona Expuesta Políticamente (PEP) o un allegado/familiar cercano de una PEP;
· El Usuario reside u opera desde una jurisdicción que la GAFI o la Comisión Europea han listado como de alto riesgo o bajo mayor supervisión;
· Los sistemas internos detectan actividades o transacciones sospechosas que no concuerdan con el perfil del Usuario.
Bajo la DDR, la Empresa puede requerir la presentación de información y documentación adicional, incluidos, pero no limitado a:
· Certificados verificados del origen de los fondos (SOF), como certificados de sueldo, contratos, estados de cuenta bancarios o declaraciones de impuestos;
· Cuando corresponda, certificados verificados del origen del patrimonio (SOW) para actividades de alto valor;
· Información adicional sobre el propósito y el uso esperado de la cuenta y los servicios;
· Cualquier otro documento necesario para cumplir con obligaciones regulatorias o controles internos de riesgo.
Además, la Empresa podrá suspender la cuenta del Usuario hasta que este complete el proceso de verificación o entregue los documentos o la información solicitados. Si un Usuario no proporciona la información o documentación requerida de manera adecuada, la Empresa podrá limitar o cancelar el acceso.
4. Período de mantenimiento de registros
De acuerdo con la legislación y las directrices regulatorias aplicables en materia de PLD/FT, la Empresa mantiene un sistema integral de registro para garantizar la responsabilidad y la trazabilidad de las actividades de los clientes.
La Empresa mantiene los siguientes registros en un formato seguro y accesible durante al menos cinco (5) años a partir de la fecha de la última transacción o de la terminación de la relación comercial (lo que ocurra de último):
· Documentos de identificación y verificación recopilados durante el proceso de KYC y Diligencia Debida;
· Información y documentos relacionados con la Diligencia Debida Reforzada (DDR) y las evaluaciones del origen de los fondos/patrimonio;
· Registros completos de registros, que incluyen los métodos de pago utilizados, los importes depositados o retirados, así como la fecha y hora de cada operación;
· Registros de evaluaciones internas de riesgo, alertas, investigaciones y decisiones relacionadas con actividades sospechosas;
Los registros se mantienen según la normativa de protección de datos aplicable y disposiciones que garanticen el acceso seguro, la confidencialidad y la integridad de la información personal y financiera. Consulta la Política de privacidad para obtener más información sobre el almacenamiento de los datos personales de los usuarios del Sitio web.
5. Supervisión de actividades
La Empresa utiliza un sistema integral de monitoreo de transacciones y comportamiento diseñado para detectar y prevenir el posible lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas.
Todas las transacciones y actividades de los usuarios están sujetas a una revisión continua para identificar inconsistencias, indicadores de riesgo o patrones inusuales que se desvíen del comportamiento esperado según el perfil del usuario.
Se aplican las siguientes reglas y principios, cuando corresponda:
· Para cualquier transacción bancaria o con tarjeta, el nombre del titular de la cuenta o de la tarjeta debe coincidir con el nombre registrado en la cuenta del usuario. Se debe presentar documentación de respaldo si ha habido un cambio de nombre.
· Si los depósitos se hacen con instrumentos de pago no retirables, los retiros solo se procesarán por medio de un método de pago verificable del usuario. En tales casos, la Empresa podrá solicitar documentación para confirmar la titularidad.
· La Empresa se reserva el derecho de solicitar documentos de verificación adicionales (como prueba de titularidad del método de pago u origen de fondos) en los casos en que se detecten discrepancias, una actividad inusual o un riesgo elevado.
La Empresa monitorea constantemente toda la actividad de los usuarios, así como sus transacciones, para asegurar que no estén empleando métodos de lavado de dinero. Estos métodos son:
Colocación.
En este método, los fondos se convierten en otros instrumentos financieros, como cuentas bancarias, cheques o transferencias de dinero, o se utilizan para comprar artículos caros que luego puedan revenderse. Posteriormente, los fondos pueden invertirse en bancos y otras instituciones no bancarias (por ejemplo, entidades de cambio de moneda). Para evitar cualquier sospecha de la empresa, una entidad de lavado de dinero puede realizar varias colocaciones en lugar de colocar toda la suma en una sola operación. Esto se conoce como "pitufeo" o "estructuración".
Ensombrecimiento.
Los fondos se mueven o se transfieren a otras cuentas o instrumentos financieros. Este procedimiento tiene por objeto ocultar el origen de los fondos e impedir la identificación de la persona que realiza las distintas operaciones financieras. El movimiento de fondos y los cambios de su forma complican el proceso de control de fondos.
Integración.
Los fondos están siendo reintegrados al sistema financiero bajo la apariencia de fondos obtenidos legalmente, con el objetivo final de su eventual integración al sistema financiero.
5.1 Prevención de actividad sospechosa
El sistema de la Empresa y el equipo de PLD realizan un seguimiento activo de comportamientos comúnmente asociados con delitos financieros o el mal uso de la plataforma, incluidos, pero no limitado a:
· Uso de múltiples tarjetas de pago de diversos proveedores;
· Uso de tarjetas de diferentes emisores o regiones en un corto período de tiempo;
· Alternancia frecuente entre distintos medios de pago no vinculados entre sí, como billeteras electrónicas, tarjetas o transferencias bancarias;
· Resistencia o falta de disposición para verificar los métodos de pago;
· Incongruencia en los indicadores geográficos, como el país de registro, la dirección IP, la configuración del dispositivo o el proveedor de telefonía móvil;
· Uso reiterado de dispositivos vinculados a múltiples cuentas (basado en la huella digital del dispositivo);
· Evitar, o negarse a cumplir con, los procedimientos de confirmación de identidad, incluidas la verificación por video o la selfi con el documento de identidad.
Cuando se detectan tales comportamientos, la cuenta puede estar sujeta a una revisión exhaustiva, restricciones temporales o su suspensión total hasta que se resuelva la situación.
6. Formación del personal sobre los procedimientos actuales de PLD
La Empresa garantiza que todo el personal involucrado en el antilavado de lavado de dinero y la financiación del terrorismo, la incorporación de clientes y las transacciones financieras reciba formación adecuada y esté al día con las obligaciones actuales de PLD/FT y las mejores prácticas del sector.
El personal de los departamentos clave —como el equipo de operaciones financieras, encargado de procesar los depósitos y retiros de los usuarios, y el área de cumplimiento, responsable de la verificación de identidad y la Diligencia Debida,— participa en capacitaciones periódicas y estructuradas, diseñadas específicamente según sus funciones y responsabilidades.
6.1 Frecuencia y Evaluación
La Empresa organiza sesiones obligatorias de capacitación en PLD/FT para todo el personal relevante al menos una vez al año y organiza sesiones adicionales según sea necesario, en respuesta a actualizaciones regulatorias o cambios en los procedimientos internos.
Todo nuevo empleado debe completar una capacitación inicial en PLD como parte del proceso de inducción, antes de tener acceso a sistemas sensibles relacionados con PLD o gestionar la información de los usuarios.
Además, la Empresa realiza evaluaciones regulares para comprobar el conocimiento y la competencia del personal en materia de PLD/FT y KYC. Estas evaluaciones ayudan a identificar áreas de mejora y aseguran que todos los miembros del equipo estén completamente preparados para desempeñar sus funciones.
El programa de capacitación es supervisado por la Alta Gerencia y está documentado de acuerdo con el marco de control interno de la Empresa.
7. Reporte de Actividad o Transacciones inusuales
La Empresa se reserva el derecho de reportar cualquier transacción o comportamiento de usuario que genere sospechas de lavado de dinero, financiación del terrorismo o cualquier otra actividad ilícita.
Si la Empresa detecta una actividad que el usuario no pueda explicar adecuadamente y que reúna indicios objetivos o subjetivos de sospecha, la reportará a la autoridad competente de Curazao.
8. Referencias
Aquí puedes encontrar la lista de fuentes (entre otras) de esta Política. Es posible que se apliquen leyes o documentos adicionales.
1. Las Cuarenta Recomendaciones y las Recomendaciones Especiales sobre el financiamiento del terrorismo ("Recomendaciones del GAFI");
2. El enfoque basado en riesgos para los casinos (EBR para casinos), elaborado por el GAFI;
3. Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo, con fecha de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el lavado de dinero o la financiación del terrorismo;
4. Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 de la Comisión, con fecha de 14 de julio de 2016, por el que se completa la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la identificación de los países de alto riesgo con deficiencias estratégicas;
5. La Ley de Prevención y Represión de las actividades de Lavado de Dinero que modifica la Ley 13(Ι) del 2018 en la República de Chipre;
6. Junta de Control de Juegos de Curazao, Regulaciones para la lucha contra el Lavado de Dinero, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, última actualización en enero de 2025;
7. Lista del GAFI de jurisdicciones de alto riesgo y otras bajo vigilancia: http://www.fatf-gafi.org/countries/#high-risk.